⢠El presidente actual culmina su encargo el 19 de septiembre del 2023
⢠Mediante Acuerdo Parlamentario de la JUCOPO
Mexicali, B.C.- En Sesión de Pleno, las y los diputados aprobaron el acuerdo de la Junta de Coordinación PolĆtica, con el cual se autoriza la emisión de la convocatoria para elegir a la persona titular de la presidencia de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Baja California.
En sesión de la JUCOPO del dĆa 24 de mayo de 2023, se tomó la determinación de emitir la convocatoria por consenso de todas las fuerzas polĆticas integrantes de dicho órgano de gobierno, en virtud de que el periodo de cuatro aƱos por el que fue electo el actual presidente de la CEDH culmina el 19 de septiembre del aƱo en curso.
Correspondió al diputado Juan Manuel Molina GarcĆa, dar lectura al Acuerdo, en donde se invita a las y los licenciados en Derecho, Colegios y Barras de Abogados, Organizaciones de la Sociedad Civil, y aquellas personas con capacidad y experiencia en la defensa, difusión y promoción de los derechos humanos, a participar en el proceso de selección del cargo antes mencionado.
Dentro de los requisitos se menciona ser ciudadano mexicano con pleno ejercicio de derechos polĆticos y civiles, experiencia mĆnima de 5 aƱos en materia de derechos humanos, contar con tĆtulo profesional con antigüedad mĆnima de 5 aƱos.
No tener con antecedentes penales, gozar de buena reputación y prestigio profesional, no desempeñar cargo de Secretario o Subsecretario de Estado, o puesto de elección popular federal, estatal o municipal, en los últimos cinco años.
Entre otras consideraciones contenidas en la convocatoria integra que habrÔ de publicarse en dos diarios de mayor circulación en el Estado, asà como en el Portal Oficial del Poder Legislativo de B.C. y en el propio de la Comisión Estatal de Derechos Humanos.
El plazo para recibir la documentación serĆ” del 29 de mayo al 2 de junio de 2023, en OficialĆa de Partes del Congreso del Estado, en un horario comprendido de las 08.00 a las 15:00 hrs. en dĆa hĆ”bil.
Cabe mencionar que se considera la participación de organismos públicos y privados promotores de derechos humanos, a efecto de que emitan sus opiniones respecto de las personas enlistadas, asà como del dictamen que emita la Comisión de Gobernación, Legislación y Puntos Constitucionales, contribuyendo de esta manera a que el proceso cumpla con la transparencia enarbolada en las disposiciones constitucionales.

