⢠Diputada Angélica Peñaloza plantea que a las estudiantes se les justifiquen inasistencias, cuando presenten malestares
⢠La Estrategia Nacional por una Menstruación Digna en la Educación BÔsica y Media Superior, es una acción prioritaria del Gobierno de la Presidenta Sheinbaum
Mexicali, B.C.- La Diputada Norma Angélica Peñaloza Escobedo, presentó una Iniciativa de reforma a la Ley de Educación del Estado, con el objeto de garantizar el derecho a recibir información sobre la menstruación y justificar inasistencias, cuando las estudiantes presenten malestares relacionados con ello.
Propuso la presente reforma en su beneficio, porque durante este perĆodo, es cuando su cuerpo, rendimiento fĆsico, y concentración no se encuentran al cien por ciento por todos los cambios que presenta su cuerpo, asĆ como su mente y debido a que constituye un tema vinculado a la salud pĆŗblica y a los derechos humanos.
El Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA) ha identificado diversos derechos que pueden verse vulnerados por el tratamiento que reciben niñas y mujeres durante su periodo menstrual, entre ellos el derecho a la salud, a la educación, al trabajo, a la no discriminación, y a la igualdad de género.
Ha advertido el organismo internacional, que en materia educativa la falta de espacios adecuados o de condiciones para la gestión de la higiene menstrual, asà como la ausencia de medicamentos para atender el dolor, puede incidir en el incremento del ausentismo escolar y en el bajo rendimiento académico.
En diciembre de 2025 las SecretarĆas de Educación PĆŗblica (SEP) y de Salud (SSA), presentaron la Estrategia Nacional por una Menstruación Digna en la Educación BĆ”sica y Media Superior, una acción prioritaria del Gobierno de la Presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, que reconoce la salud menstrual como un derecho humano fundamental y un elemento indispensable para evitar el abandono escolar.
Dicha estrategia estÔ dirigida a mÔs de 6.2 millones de estudiantes de secundaria de 42 mil 975 planteles, asà como a mÔs de 5.4 millones de jóvenes de bachillerato de 21 mil 175 centros escolares.
Por tales motivos, la inicialista propuso que, el artĆculo 65 en su fracción, XI quede como sigue: Las niƱas, las adolescentes y las jóvenes, tendrĆ”n derecho a recibir información sobre la menstruación y la higiene menstrual, asĆ como la promoción de una atención digna en los planteles de educación bĆ”sica, media superior y superior, evitando estigma y cualquier tipo violencia, asĆ como evitar sanciones por ausentismo.

